REESTRUCTURAR URGENTE E INTEGRALMENTE EL ACTUAL GOBIERNO O EL PODER POLÍTICO EN SU CONJUNTO
Escribo estas líneas con la mayor desazón que puede sentir un hombre que dio toda su juventud y los mejores años de su vida a la Patria vistiendo el glorioso uniforme de la FAP.
Recuerdan ustedes quien dijo: “EN POLÍTICA NO HAY COINCIDENCIAS NI HAY QUE SER INGENUOS”, pues bien, el Presidente de la República el sábado 20 de febrero de 2010, después de marchas y contramarchas, promulgó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 014-2010 en el cual se establecen medidas extraordinarias para otorgar una asignación denominada “COMPENSACIÓN POR DEFENSA, SEGURIDAD NACIONAL Y ORDEN INTERNO” a favor del personal militar y policial y nombra una Comisión de Alto Nivel.
Esta Comisión está integrada por el Presidente del Consejo de Ministros e integrada por los Ministros de Economía y Finanzas, Defensa e Interior y un representante designado por el Acuerdo Nacional, contando con una Secretaría Técnica a cargo de una persona de reconocido prestigio.
La indicada Comisión estará encargada de elaborar, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días una PROPUESTA DE REESTRUCTURACIÓN INTEGRAL DE LAS FFAA Y FUERZAS POLICIALES, contemplando sistemas remunerativos y previsionales que aseguren la equidad, sostenibilidad financiera, mérito y eficiencia en el cumplimiento de sus responsabilidades.
¿Por qué razón el Presidente dispone que esta Comisión elabore una Propuesta de Reestructuración Integral de las FFAA y PNP si el Congreso de la República en el Proyecto de Ley N° 3752 solamente le indica que proceda a ejecutar un programa de reestructuración de remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones del personal militar y policial?
Me enviaron el INFORME FINAL DE LA PROPUESTA DEL RÉGIMEN DE PENSIONES DE LAS FFAA Y PNP, elaborado por el Comité Técnico Multisectorial integrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior (los mismos personajes que la Comisión de Alto Nivel 2010), Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas del Fondo de Pensiones y la Caja de Pensiones Militar Policial del 23 de noviembre de 2005.
En este Informe Final se encuentra un Proyecto de Ley denominado “PROYECTO DE LEY DEL SISTEMA PREVISIONAL DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS”, y qué creen que se indica en la SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL de este Informe Final, pues nada menos que:
1. Derogatoria del Decreto Ley N° 19846,
2. Derogatoria del Decreto Supremo N° 213 del 19 de julio de 1990,
3. Todas las demás normas que se opongan a la presente Ley, y
4. El Decreto Supremo N° 009-CCFFAA del 17 de diciembre de 1987 quedará derogado cuando entre en vigencia el reglamento del presente proyecto de ley.
¿Es coincidencia esta designación de la Comisión de Alto Nivel con el Comité Técnico Multisectorial?
¿Por qué se nombra una Comisión con los mismos participantes que pretendieron derogar el D.L. 19846, el D.S. 213, el D.S. 009-CCFFAA y otras normas que se opongan a sus fines?
¿Cuál es el objetivo final?
¿Qué se pretende con esto?
Esto es perverso, ruin, siniestro, ya que se pretende DESTRUIR A NUESTRAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL, LA RESERVA MORAL DEL PAÍS.
Y este Proyecto no ha sido SECRETO, ya que la Asociación de Oficiales Generales y Almirantes convocó a 71 personas (pertenecientes a Montepío y a la CPMP) a una reunión el 19 de abril de 2005 para que desarrollen una encuesta.
Asimismo, las siguientes Asociaciones de Oficiales, Técnicos y Viudas han participado con comentarios, propuestas, sugerencias, exposiciones y conclusiones acerca de la reforma del Régimen de Pensiones Militar Policial:
1. Asociación de Oficiales Generales y Almirantes (ADOGEN).
Comentarios y sugerencias a la exposición del Comité Técnico Multisectorial.
2. Asociación de Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú (ADOGEN-PNP).
Sugerencias varias
Oficio N°335-2005-ADOGEN PNP/SEC con propuestas.
Oficio N°400-2005-ADOGEN PNP/SEC acuerdos del Consejo Directivo.
3. Asociación de Comandantes de las Fuerzas Armadas en situación de Retiro (ASCOFA) Propuesta concreta de aumento de haberes.
4. Asociación de Comandantes de la Policía Nacional del Perú (ASCOM-PNP)
Oficio N°017-ASCOM.PNP-2005 con sugerencias.
5. Frente Nacional de Defensa de los pensionistas y deudos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (FRENADE).
Oficio N°27 FRENADE/CD - 2005 con recomendaciones y propuestas.
Oficio N°033 FRENADE/CD-2005 ampliaciones al oficio previo.
6. Asociación de Técnicos Supervisores e Inspectores de la Fuerza Aérea del Perú en situación de retiro (ATSIFAP).
Oficio –ATSI-N°037 con conclusiones.
7. Central Nacional de Asociaciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional (CENAFAPONPE)
Solicitud de exposición.
8. Asociación de Viudas, Madres y Sobrevivientes de miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú (AVISFAIP).
Carta N°050-2005/AVISFAIP con sugerencias y conclusiones.
¿Qué tienen que decir los señores (as) que desempeñaron la presidencia de estas asociaciones el año 2005?
Deseo equivocarme, que mis pensamientos no se lleguen a concretar, pero ya se ha dicho “EN POLÍTICA NO HAY COINCIDENCIAS NI HAY QUE SER INGENUOS”, razón por la cual te pido que NOS DECLAREMOS EN ALERTA ROJA ante cualquier posible intento de destruir a las FFAA y PNP, comenzando con la eliminación de la pensión renovable.
Por esta razón TE SOLICITO QUE TU, TUS COMPAÑEROS DE PROMOCIÓN, FAMILIARES Y AMIGOS ESTÉN CON NOSOTROS EN LA GRAN MARCHA que se realizará el jueves 04 de marzo de 2010, partiendo a las 10:00 horas de la Plaza 2 de mayo al Congreso de la República.

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